Trámites

Servicio de Prevención y Extinción de Incendios Forestales

FORMULARIO DE AVISO DE FALSAS ALARMAS DE INCENDIOS FORESTALES

Con carácter general no está permitido el uso del fuego en campo hasta finalizada la época de peligro alto de incendios


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AVISO FALSAS ALARMAS DE INCENDIOS FORESTALES

ÁMBITO LEGAL Orden EPA 2021.
Artículo 5. Falsas alarmas de incendio forestal: comunicación previa.
  1. En Época de Peligro Alto, las falsas alarmas son causadas por actividades que provocan columnas de polvo o humo sin riesgo, tales como sondeos, perforaciones, hornos, calderas, maquinarias especiales, y otras. Su aviso previene la movilización inmediata de los efectivos de extinción, evitando un coste económico y una pérdida de oportunidad para la intervención en incendios forestales. Podrán repercutirse los costes sobre quienes los provoquen por obviar su obligatoriedad de aviso.
  2. El inicio de estas actividades en Época de Peligro Alto está sujeto a comunicación previa, entre media hora y una hora antes de cada inicio de la actividad generadora de falsa alarma, indicando el contacto, el tipo de actividad de que se trata y su localización catastral: municipio, polígono y parcela. Quedan exentos de la comunicación previa los casos de empresas de servicios agrarios de cosechadoras, segadoras y empacadoras, así como los tractores agrícolas de ruedas con grada de discos, que hayan realizado una única declaración, indicando la matrícula o número de bastidor de las maquinarias.