CONDICIONADO Y MEDIDAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD.
- DOCUMENTACIÓN: se dispondrá de copia de la autorización en el lugar de la actividad.
- EMPLAZAMIENTO: la carbonera se situará fuera del monte o en claros del mismo, a una distancia no inferior a 400 m de cualquier vivienda habitada.
- MEDIDAS PREVENTIVAS: se realizará un cortafuegos alrededor de cada carbonera, rozando el terreno y eliminando toda la materia vegetal hasta suelo mineral en un diámetro de, al menos, 20 m, rodeado de una franja desbrozada de otros 10 m. Las operaciones de carga de carbón para su transporte se realizarán en esta zona desprovista de vegetación. De ser necesarios tolvas, cargaderos y otros elementos, también se instalarán en zonas desprovistas de vegetación.
- ÍNDICE DE RIESGO: se tendrá en cuenta el riesgo de incendio forestal de AEMET publicado en http://www.infoex.info/tramites-en-linea/ no iniciando o suspendiendo el encendido en caso de riesgo muy alto o extremo.
- VIGILANCIA Y MEDIOS DE EXTINCIÓN: la carbonera estará vigilada en todo momento y se dispondrá constantemente de agua y otros medios adecuados para atacar un fuego incipiente que pudiera ocasionarse accidentalmente.
- AVISO PREVIO: antes de dar fuego a la carbonera, se contactará con la/el Agente del Medio Natural de la zona, poniendo en su conocimiento la fecha de inicio y finalización del funcionamiento de la misma, atendiendo asimismo a sus indicaciones. Asimismo, durante la Época de Peligro Alto de incendios, se comunicará el encendido a la Central provincial de incendios (Badajoz: 927 011 163; Cáceres: 927 005 809), con al menos media hora de antelación.
- OTRAS PRECAUCIONES: se evitará quemar en días en que, debido a la velocidad y dirección del viento, se puedan conducir pavesas incandescentes hacia lugares con riesgo de incendio forestal, se pudiera causar daños a terceros o el humo afecte a poblaciones o viales con tráfico (puede consultarse el riesgo de incendios AEMET en http://www.infoex.info).
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