| Nombre del Tratamiento | Autorización de usos y actividades con riesgo de incendio forestal |
| Fines del Tratamiento | Regulación de usos y actividades con riesgo de incendio forestal |
| Responsable del Tratamiento |
Titular de la Secretaría General de Vicepresidencia y Consejería de Presidencia,
Coordinación de la Acción de Gobierno, Interior y Emergencias Correo electrónico: servicio.incendios@juntaex.es Delegado de Protección de Datos: dpd@juntaex.es |
| Licitud del Tratamiento (Art. 6 RGPD) | RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. |
| Base Jurídica |
Ley 5/2004 de prevención y lucha contra incendios forestales en Extremadura. Decreto 260/2014 de 2 de diciembre por el que se regula la prevención de incendios en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Orden de Época de Peligro vigente |
| Plazo de Conservación | Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. |
| Categoría de Datos | Datos identificativos (NIF, dirección, imagen/voz, teléfono, nombre y apellidos, firma/huellas, firma electrónica, correo electrónico). |
| Categoría de Interesados | Empleados, ciudadanos, personas de contacto, solicitantes, representantes legales |
| Destinatarios | Los datos podrán ser transferidos a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o una Ley, que determine las cesiones que procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación legal. |
| Transferencias Internacionales | No están previstas transferencias internacionales de datos. |
| Encargados del tratamiento | No aplica. |
| Medidas Técnicas y Organizativas de Seguridad (Art. 32.1 RGPD) | Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el anexo II (medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se a los requisitos de la norma UNE-ISO/IEC 27001, encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de Privacidad y Seguridad de la Información de la ACAEX. Las referentes a los sistemas de información del organismo pagador, que dan soporte a sus actividades, se encuentran certificadas conforme a los requisitos de la norma UNE-ISO/IEC 27001. |